|
Gobierno Corporativo 14. Reglamento de la Junta General de Accionistas. Aquí figura el texto íntegro del Reglamento de la Junta General de Accionistas. 15. Junta General de Accionistas. A partir del anuncio de la convocatoria, la Sociedad pondrá a disposición de cualquier accionista las propuestas de acuerdos formuladas por el Consejo de Administración en relación con todos los puntos del orden del día, salvo que, tratándose de propuestas para las que la Ley o los Estatutos no exijan su puesta a disposición, el Consejo de Administración considere que concurren motivos justificados para no hacerlo. La documentación que esté a disposición de los accionistas será puesta asimismo en esta página web desde la fecha de anuncio de la convocatoria, en el apartado correspondiente a las Juntas Generales de Accionistas. Los accionistas podrán solicitar también la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los documentos puestos a su disposición. Los accionistas podrán solicitar hasta el séptimo día anterior al previsto por la celebración de la Junta información en relación con los asuntos incluidos en el orden del día de la Junta General, así como de toda aquella información accesible al público por haberse remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la última Junta, estando obligados los administradores a facilitar dicha información por escrito, no durante la Junta sino previamente hasta el día de su celebración. Durante la Junta, los accionistas podrán solicitar verbalmente informaciones o aclaraciones sobre los asuntos del orden del día y los administradores deberán responder responder a estas solicitudes durante la misma Junta, salvo que no sea posible satisfacer tal derecho de información en ese momento en cuyo caso deberán hacerlo por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta. Los administradores no estarán obligados a proporcionar la información solicitada por los accionistas, si a juicio del Presidente la publicidad de la información perjudica los intereses sociales. Esta excepción no procederá cuando la solicitud esté apoyada al menos por el 25% del capital social. Sin perjuicio del derecho de información del accionista a que se refiere los apartados anteriores, los accionistas, previa consignación de su identidad como tales, a través de la oficina del accionista o por medio de esta página web podrán comentar o realizar sugerencias con relación a los asuntos del orden del día, sin que tales sugerencias obliguen al Consejo de Administración a informar en la Junta General, salvo que el mismo los pueda tener en cuenta u otorgue derecho al accionista a intervenir durante la celebración de la reunión. El derecho de información podrá ejercerse a través de los siguientes cauces: Correo electrónico: oficina.accionista@tubacex.es
Tfno: (94) 671.93.00
Fax: (94) 672.50.62
Correo postal : Tres Cruces, 8 - 01400 Llodio (Alava) – España. 16. Convocatoria y orden del día de la Junta. Aquí figura el texto íntegro de las Juntas Generales celebradas durante el ejercicio en curso y anteriores . 17. Textos completos de las propuestas de acuerdos a tomar y de la documentación disponible para el accionista con anterioridad a la Junta. Aquí figuran los textos íntegros de las propuestas de acuerdos a tomar y de la documentación disponible para el accionista de las Juntas Generales celebradas durante el ejercicio en curso y anteriores . 18. Delegaciones de voto. Las Entidades depositarias podrán expedir tarjetas de asistencia a favor de los titulares legitimados para concurrir a la Junta, teniendo derecho de asistencia todos los accionistas que podrán delegar en cualquier otra persona, aunque no sea accionista. Deberá garantizarse la inmovilización de las acciones desde la petición de la tarjeta de asistencia hasta después de celebrada la Junta General. La representación que el accionista otorgue a cualquier miembro del Consejo deberá expresar instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que de no figurar tales instrucciones el representante se pronunciará a favor de las propuestas de acuerdo. Sin indicación concreta la representación se entenderá conferida al Señor Presidente del Consejo de Administración. 19. Voto a distancia en las Juntas. La comunicación a distancia deberá cumplir los requisitos previstos en el artículo 105 de la Ley de Sociedades Anónimas y demás normativa aplicable para el ejercicio del derecho de voto a distancia y con carácter especial para cada Junta. 20. Informes sobre el desarrollo de las Juntas Generales. Aquí figura la información referente a la composición de la Junta General en el momento de su constitución, acuerdos adoptados con expresión del número de votos emitidos y sentido de los mismos en cada una de las propuestas incluidas en el orden del día, de las Juntas Generales celebradas durante el ejercicio en curso y anteriores. 21. Pactos parasociales. No existen pactos parasociales. 22. Consejo de Administración. Según fijan los Estatutos de la Compañía el número de Consejeros propuesto no será inferior a cinco ni excederá en ningún caso de doce. La composición del Consejo de Administración según lo establecido en el Reglamento del Consejo es la siguiente:
(1) Presidente. (2) Vicepresidente (3) Vocal. (4) En la persona de Antonio Pulido Gutiérrez (5) En representación de Bagoeta S.L. Durante el ejercicio 2005 el Consejo de Administración de TUBACEX S.A. acordó el nombramiento de D. Juan Antonio Garteizgogeascoa Iguain como Vicepresidente del Consejo, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos Sociales de la compañía. Todos los Consejeros han sido elegidos por la Junta General de Accionistas y en el caso de aquellos cuyo nombramiento fue posterior a la creación de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en 1995 su propuesta de nombramiento fue así mismo precedida de la propuesta de esta Comisión.
En el siguiente link se incluyen los consejos de administración de los que, a 31 de diciembre de 2007, formaban parte los consejeros de Tubacex. 23. Reglamento del Consejo. Aquí figura el texto íntegro del Reglamento del Consejo de Administración de Tubacex S.A. 24. Informe Anual de Gobierno Corporativo. Aquí figura el texto íntegro del Informe Anual de Gobierno Corporativo del último ejercicio cerrado. 25. Comisiones del Consejo. El Consejo de Administración tiene constituidas tres comisiones, una de Estrategia e Inversiones, una Comisión de Auditoría y Cumplimiento y una Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Las Comisiones regularán su propio funcionamiento, nombrarán de entre sus miembros a un Presidente y a un Secretario y se reunirán previa convocatoria del Presidente. Comisión de Estrategia e Inversiones.- Según el reglamento del Consejo, la Comisión de Estrategia e Inversiones estará compuesta por, al menos, tres Consejeros del Grupo. Actuará como Presidente de la Comisión de Estrategia e Inversiones el Presidente del Consejo de Administración y desempeñará su secretaría el Secretario del Consejo o la persona que la propia comisión designe.
En 2007 esta Comisión se ha reunido en cuatro ocasiones. Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo, la Comisión de Estrategia e Inversiones tendrá las siguientes responsabilidades básicas: *Proponer al Consejo de Administración los planes estratégicos de la Compañía a medio y largo plazo. *Proponer el presupuesto anual de inversiones de las empresas que conforman el Grupo TUBACEX. *Proponer las desinversiones de activos sustanciales de la Compañía. *Proponer al Consejo de Administración las grandes operaciones societarias. La Comisión de Estrategia e Inversiones se reunirá periódicamente en función de las necesidades y al menos, cuatro veces al año. Podrá asistir a las sesiones de la Comisión y prestar su colaboración cualquier miembro del equipo directivo o del personal de la Compañía que fuese requerido a tal fin. Comisión de Auditoría y Cumplimiento.- La Comisión de Auditoría y Cumplimiento deberá tener tres miembros y estará formada por una mayoría de Consejeros no ejecutivos, nombrados por el Consejo de Administración, debiendo elegirse su Presidente entre dichos Consejeros no ejecutivos.
Esta Comisión se ha reunido en dos ocasiones durante el 2007 Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento tendrá las siguientes responsabilidades básicas: *Informar en la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ella planteen los accionistas en materias de su competencia. *Propuesta al Consejo de Administración para su sometimiento a la Junta General de Accionistas del nombramiento de Auditores de Cuentas externos a que se refiere el artículo 204 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. *Supervisión de los servicios de auditoría interna. *Conocimiento del proceso de información financiera y de los sistemas de control interno de la Sociedad. *Relaciones con los auditores externos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de estos y cualesquiera otros relacionados con el proceso del desarrollo de la auditoria de cuentas, así como a aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoria de cuentas y en las normas técnicas de auditoria. *Revisar las cuentas de la sociedad, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección. *Servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los auditores, evaluar los resultados de cada auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones y mediar en los casos de discrepancias entre aquéllos y éste en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros. *Revisar la designación y sustitución de los responsables de los sistemas de control interno. *Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre las cuentas anuales y los contenidos principales del informe de auditoría sean redactados de forma clara y precisa. *Revisar los folletos de emisión y la información financiera periódica que deba suministrar el Consejo a los mercados y sus órganos de supervisión. *Examinar el cumplimiento del Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores, del presente Reglamento y, en general, de las reglas de gobierno de la compañía y hacer las propuestas necesarias para su mejora. En particular, corresponde a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias a miembros del alto equipo directivo de la Compañía. La Comisión de Auditoría y Cumplimiento se reunirá periódicamente en función de las necesidades y, al menos, tres veces al año. Una de las sesiones estará destinada necesariamente a evaluar la eficiencia y el cumplimiento de las reglas y procedimientos de gobierno de la sociedad y preparar la información que el Consejo de Administración ha de aprobar e incluir dentro de su documentación pública anual. Estará obligado a asistir a las sesiones de la Comisión y a prestarle su colaboración y acceso a la información de que disponga, cualquier miembro del equipo directivo o del personal de la Compañía que fuese requerido a tal fin. También podrá requerir la Comisión la asistencia a sus sesiones de los Auditores de Cuentas. Comisión de Nombramientos v Retribuciones.- La Comisión de Nombramientos y Retribuciones estará formada por, al menos, tres Consejeros externos.
En 2007 esta Comisión se ha reunido en dos ocasiones. Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tendrá las siguientes responsabilidades básicas: *Formular y revisar los criterios que deben seguirse para la composición del Consejo de Administración y la selección de candidatos. *Elevar al Consejo las propuestas de nombramiento de consejeros para que éste proceda directamente a designarlos (cooptación) o las haga suyas para someterlas a la decisión de la Junta. *Proponer al Consejo de Administración el sistema y la cuantía de las retribuciones anuales de los consejeros, directores generales y comités de dirección. *Revisar periódicamente los programas de retribución, ponderando su adecuación y sus rendimientos. *Informar sobre las transacciones que impliquen o puedan implicar conflictos de intereses. La Comisión deberá considerar las sugerencias que le hagan llegar el Presidente, los miembros del Consejo, los directivos o los accionistas de la sociedad. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se reunirá cada vez que el Consejo, o su Presidente solicite la emisión de un informe o la adopción de propuestas y, en cualquier caso, siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones. En todo caso, se reunirá una vez al año para preparar la información sobre las retribuciones de los Consejeros que el Consejo de Administración y la Dirección haya de aprobar e incluir dentro de su documentación pública anual. 26. Reglamento Interno de Conducta Aquí figura el texto íntegro del Reglamento Interno de Conducta en el Ámbito de los Mercados de Valores de Tubacex S.A.
|